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TAREA 1: DERECHOSY DEBERES DIFICILES DE IMPLEMENTAR

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Mensaje  JUANA OYARZO URIBE Miér Mayo 30, 2012 10:24 am

PRIMER TEMA: DERECHOS Y DEBERES DIFICILES DE IMPLEMENTAR
A. Entre los DERECHOS que me parecen difíciles de implementar en este CESFAM:
1. Confidencialidad de los datos:
• El sistema actual de Administración de la Ficha Clínica no otorga la seguridad ni resguardo del documento clínico en sí, ni menos de la confidencialidad de los datos que ésta contiene. Es necesario mejorar procedimientos que tengan que ver con el resguardo de la dicha clínica, Uso y quienes tienen acceso a la información, límites de acceso a la información, traslado de documentos clínicos de una unidad a otra, medios de traslado dentro y en forma externa al cesfam y a otras ciudades. Difundir e internalizar el concepto de datos sensibles a nivel de todo el equipo de salud – entendiéndose que los datos confidenciales y/o sensibles del paciente también quedan registrados en datos de inscripción, datos farmacológicos, datos de tarjeteros y otros, software con resultados de exámenes, y las DAU de SAPU del Cesfam”. Con respecto a los Registros clínicos Electrónicos – éstos tienen que asegurar que al término de contrato el establecimiento pueda quedarse con la información de los datos clínicos ingresados y/o recetas ingresados computacionalmente.
2. Articulo 10: Habla del concepto de urgencia y emergencia de forma igualitaria, y la OMS define diferencias claras al respecto, y también a nivel de SAPU: Urgencia es el concepto desde el paciente y la emergencia es la que determina el equipo de urgencia, habría que analizar el concepto que señala esta ley.

B. Entre los Deberes:
1. Entre el respeto al Equipo de Salud, en la ley solo se hace mención a profesionales, técnicos y Administrativos, no menciona ni a los Conductores, Auxiliares de Aseo, docente e Internos que pasan a formar parte también del equipo de salud.
2. En Artículos 34, dice que la persona procurara informarse del funcionamiento del establecimiento de salud: Al respecto, me parece que siendo un deber del Usuario, el término procurará – se interpreta que el usuario tratara de informarse pero no se establece como obligación del usuario. [/size]

JUANA OYARZO URIBE

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Fecha de inscripción : 23/05/2012

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